En julio de 1994 el Ejecutivo Nacional en Venezuela decretó un régimen cambiario que incluía una tasa de cambio única equivalente a Bs 170/US$1. Se creó una Junta de Administración Cambiaria con el fin de administrar las divisas para las importaciones, pago y servicio de deuda neta externa y ciertas transferencias al exterior que incluían, entre otros, remisión de dividendos, repatriación de capitales y regalías. Asimismo, este régimen cambiario establecía que todas las divisas en moneda extranjera obtenidas por exportaciones y otras actividades serían de venta obligatoria al BCV. En diciembre de 1995 el Ejecutivo Nacional modificó la tasa de cambio oficial de Bs 170/US$1 a Bs 290/US$1.

En abril de 1996 se restableció la libre convertibilidad de la moneda en todo el territorio nacional y, en consecuencia, se eliminaron los controles y restricciones sobre las operaciones cambiarias.

En julio de 1996 el Ejecutivo Nacional en Venezuela anunció el establecimiento de una banda de fluctuación para el bolívar. Para 1997 el Ejecutivo Nacional estableció una paridad central inicial de Bs 472/US$1 efectiva desde el 2 de enero de 1997 y una banda flotante de 7,5% por encima y por debajo de la paridad central. Entre el 8 de julio de 1996 y el 4 de agosto 1997, la paridad central aumentó en un 1,32% mensual. Entre el 4 de agosto de 1997 y el 13 de enero de 1998, la paridad central aumentó en un 1,16% mensual. El 13 de enero de 1998 el Banco Central de Venezuela modificó la tasa de incremento de la paridad central a 1,28% mensual.